CONVOCATORIA PARA PRESENTAR PROYECTOS CULTURALES PARA SER FINANCIADOS A TRAVÉS DEL RÉGIMEN DE PROMOCIÓN CULTURAL (LEY DE MECENAZGO)

4.9.09 - 
Las personas y las organizaciones sin fines de lucro, pueden presentar sus proyectos ante el Ministerio de Cultura, para ser evaluados por el Consejo de Promoción Cultural. Los proyectos pueden así recibir aportes de contribuyentes del impuesto a los Ingresos Brutos. Los proyectos deben ser sin fines de lucro y estar relacionados con la investigación, capacitación, difusión, creación y producción, además las ONG que persiguen fines netamente culturales, pueden presentar proyectos con el objeto de solventar gastos de programación en los que pueden incluirse gastos de funcionamiento, siempre que las autoridades de las mismas desempeñen sus cargos directivos sin percibir honorarios.

Podrán ser titulares de los proyectos artistas u organizaciones sin fines de lucro, con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o que desarrollen la actividad objeto del proyecto en dicha jurisdicción.

Los proyectos pueden estar relacionados con la investigación, capacitación, difusión, creación y producción en las diferentes áreas del arte y la cultura, tales como:

* Teatro
* Circo, murgas, mímica y afines
* Danza
* Música
* Letras, poesía, narrativa, ensayos y toda otra expresión literaria
* Artes visuales
* Artes audiovisuales
* Artesanías
* Patrimonio cultural
* Diseño
* Arte digital
* Publicaciones, radio y televisión
* Sitios de Internet con contenido artístico y cultural

Los proyectos deben presentarse en la sede del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Av. de Mayo 575, durante los períodos de recepción de proyectos que se detallan a continuación:

Cronograma de recepción proyectos 2009

1º semana: 18 al 22 de mayo
2º semana: 27 al 31 de julio
3º semana: 21 al 25 de septiembre

El Consejo de Promoción Cultural tiene 60 días como máximo para evaluar los proyectos. Luego de ser aprobados, los beneficiarios deberán abrir una caja de ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires para poder recibir allí los aportes. Las empresas que decidan aportar al proyecto depositan el dinero directamente en la cuenta correspondiente.

El titular del proyecto podrá disponer de los fondos para la realización del mismo tal como fue presentado. Al término de su desarrollo deberá realizar una rendición de gastos presentando las facturas o tickets correspondientes.

Más información, formularios y requisitos en:

Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires
Régimen de Promoción Cultural
Av. de Mayo 525 - Ciudad de Buenos Aires
Tel: 4323-9400 int 2845
Correo electrónico: mecenazgo@buenosaires.gov.ar
Página Web: http://www.buenosaires.gov.ar.