Propósito del cargo 
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                                    El/la
 Jefe/a de Departamento Directivo Grado 6° E.U.S., con funciones de 
Director/a del Museo Histórico Nacional, le corresponde liderar y 
gestionar el proceso de modernización integral del Museo Histórico 
Nacional conforme a los lineamientos de la DIBAM, poniendo al servicio 
de la comunidad nacional e internacional un museo moderno y articulado 
acorde a los actuales desafíos, contribuyendo de esta manera al 
patrimonio nacional, a la educación y promoción de la valoración y 
comprensión de la historia y cultura de Chile, en conformidad a las 
normas e instrucciones que la rigen, con el fin de contribuir al logro 
de los objetivos institucionales, así como al logro de la excelencia en 
la prestación de servicios y atención a usuarios, y en la transformación
 de un servicio líder en el sistema de patrimonio y cultura.   
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                                    Requisitos 
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                                    1.
 Requisitos generales:
Los que establece el artículo 12 del DFL Nº29 que fija texto refundido, 
coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre Estatuto 
Administrativo.
• Ser ciudadano/a. 
• Haber cumplido la ley de reclutamiento y movilización (varones).
• Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
• Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional que 
por naturaleza del empleo lo exige la ley.
• No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber 
obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo 
que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de
 funciones y;
• No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos 
públicos, ni hallarse condenado o procesado por crimen o simple delito. 
 
Además, los/as postulantes deberán cumplir con los requisitos 
establecidos en el artículo 8° de la Ley 18.834 sobre Estatuto 
Administrativo, también mencionados en los artículos 46 y 47 del Decreto
 Supremo 69/04 del Ministerio de Hacienda, para la provisión de cargos 
de Jefes de Departamentos y equivalentes, a saber:
• Ser funcionario de planta o a contrata de algún Ministerio o Servicio 
regido por el Estatuto Administrativo. En el caso de los funcionarios a 
contrata, deben haberse desempeñado en tal calidad, al menos, durante 
los tres años previos al concurso, en forma ininterrumpida; en el caso 
de las suplencias, también deberán ajustarse a esta limitante de 
antigüedad señalada, de acuerdo lo dispuesto en el dictamen N° 56311 
Fecha 23-07-2014. 
• Estar calificado en Lista N°1 de distinción;
• No estar afecto a las inhabilidades contenidas en las letras b), c) y 
d) del inciso segundo del artículo 27 del Reglamento sobre Concursos, 
esto es:
  No haber sido calificado durante dos períodos consecutivos.
  Haber sido objeto de la medida disciplinaria de censura, más de una 
vez, en los doce meses anteriores de producida la vacante. 
  Haber sido sancionado con la medida disciplinaria de multa en los 
doce meses anteriores de producida la vacante. 
Sin perjuicio de lo anterior, los postulantes no deberán estar afectos a
 las inhabilidades contenidas en el artículo 54 del DFL N°1/19.653 de 
2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el 
texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, 
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del 
Estado, esto es:
• Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o 
cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
• Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al 
ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o 
parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad 
inclusive.
• Ser director, administrador, representante o socio titular del 10% o 
más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga 
contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios 
pendientes con el Servicio. 
• Ser cónyuge, hijo o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o
 segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios
 directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento 
inclusive.
• Estar condenado por crimen o simple delito.
2.  Requisitos Específicos:
De acuerdo a lo establecido en el artículo N°6 de la Ley 19.184, sobre 
la Planta de la DIBAM, que establece los requisitos generales y 
específicos para el encasillamiento, ingreso y promoción en las plantas y
 cargos de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, será 
requisito específico para los postulantes a este concurso:
 Tener tres años de experiencia profesional o directiva.
Los/las postulantes que cumplan los requisitos legales, podrán acceder a
 la fase de evaluación que contemplan las presentes bases.
El Comité de Selección, designado para estos efectos de acuerdo a la 
normativa legal vigente, verificará si los postulantes cumplen con los 
requisitos, debiendo levantar un acta con la nómina total de 
postulantes, distinguiendo aquellos que se ajustan a los requisitos 
legales, de los que no lo hacen. Además deberá indicar cualquier 
situación relevante relativa al concurso y dispondrá la notificación de 
los postulantes cuya postulación hubiere sido rechazada indicando la 
causa de ello.
 
  
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