En Octubre
de 2011 y en el marco del “Seminario de Derechos Humanos y Genocidio” realizado
por el Rectorado de la Universidad Nacional de San Juan e INADI (Delegación San
Juan), y contando con la presencia destacada del Historiador y reconocido militante de Derechos Humanos, el Sr.
Osvaldo Bayer (Homenajeado por la UNSJ con el título de Dr. Honoris Causa)
y el Amta Warpe Paz Argentina Quiroga, se realizó en un acto público la
entrega de un Petitorio impulsado por la Comunidad Warpe del Territorio del
Cuyum conteniendo ocho puntos a la vicerrectora
de aquella universidad.
El
Expediente Oficio iniciado en el Rectorado de la UNSJ con la presentación
formal de este Petitorio lleva el número 01-7750, con fecha 30 de Octubre de 2011, en su encabezado manifiesta lo
siguiente:
“El presente documento es un petitorio, en el marco de la Ley Nacional
N° 25.517, dirigido al Sr. Rector de la Universidad Nacional de San Juan, Dr.
Benjamín Kuchen, y a través de él al Consejo Superior de esta institución. Este
documento contiene una serie de puntos demandados por la Comunidad Warpe del
Territorio del Cuyum y la Organización Territorial Warpe
Waro para el tratamiento de Restituciones de Restos de Cuerpos indígenas
albergados y exhibidos en sus dependencias de museos e institutos de
investigación.
Los cuerpos de
nuestros ancestros son parte de la memoria de un territorio milenario
avasallado por más de quinientos años, su derecho al descanso eterno en su
morada sagrada forma parte de los “derechos de la madre tierra” de acoger a sus
hijos en el úterno materno. Cuidar, respetar y defender la memoria de nuestros
ancestros, y con ello de nuestra madre tierra, es cuidar, respetar y defender
nuestros propios derechos como Pueblos Originarios avasallados, violentados,
expropiados y diezmados forzosamente por proyectos moderno-coloniales de
territorios fundados en el derecho impuesto por el capital. El reclamo por la
restitución a la tierra de los cuerpos de nuestros ancestros tiene un profundo
significado identitario, significa un acto de reafirmación de nuestra
pre-existencia en el territorio milenario, la renovación de un compromiso de
unidad entre nuestro cuerpo y el territorio, uno sin el otro no se reconocen,
son parte de una totalidad indisociable. Desde este saber, nuestro saber
originario, proclamamos el derecho a honrar la memoria de nuestros muertos que
todavía viven a través nuestro y gracias a quienes hoy somos y estamos en el
territorio”.
Entre
los 8 puntos de este Petitorio realizado por la Comunidad Warpe del Territorio
del Cuyum se solicita expresamente
·
Ordenar inmediatamente a sus
dependencias, en todas sus facultades de Museos, Institutos y Centros de
Investigación (tales como el Instituto de Investigaciones Arqueológicas y Museo
“Prof. Mariano Gambier”), la implementación y acatamiento de la Ley Nacional N° 25.517, cuyo órgano de
aplicación es el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), sobre
Restitución de Cuerpos Humanos a Comunidades Originarias, por la cual se
establece en su Art. Primero “que los
restos mortales de aborígenes, cualquiera fuera su característica étnica, que
formen parte de museos y/o colecciones públicas o privadas, deberán ser puestos
a disposición de los pueblos indígenas y/o comunidades de pertenencia que lo
reclamen”
·
Tomar conocimiento y dar lugar a
los petitorios de reclamos de restituciones de cuerpos humanos a sus lugares de
enterramiento original demandados públicamente por la Comunidad Warpe del
Territorio del Cuyum y de la Comunidad de Malimán (Depto. Iglesia) por los
cuerpos exhumados de los Sitios Sagrados de Morrillos y de la Capacocha del
Cerro El Toro, y dar lugar a otros reclamos que pudieren presentarse teniendo
en cuenta los marcos legales que amparan estas demandas.
·
Ordenar inmediatamente el retiro
de exhibición de TODOS los restos de cuerpos humanos indígenas en posesión de
todas sus dependencias y facultades de la UNSJ.
·
Someterse a la confección de un
inventario exhaustivo de los restos de cuerpos humanos indígenas, cualquiera
sea su procedencia, etnía y edad cronológica, alojados en sus dependencias de
museos e institutos para iniciar los procesos de restituciones según lo
establece la mencionada ley, como así también garantizar el tratamiento
respetuoso de los restos mientras se determine su restitución a las
comunidades.
·
Ordenar la implementación de la
consulta, previa e informada a las Comunidades Indígenas –con o sin personería
jurídica- antes de la realización de cualquier proyecto de investigación o
estudios de impactos arqueológicos que contemplen estudios sobre restos humanos
y lugares de memoria indígena.
·
Asegurar la participación
indígena en los Consejos Universitarios (vinculados a sus facultades,
institutos y museos) de decisión relacionados a la administración, custodia,
investigación y gestión de restos mortales indígenas y del patrimonio
histórico-arqueológico de las Comunidades Originarias.
·
Arbitrar los medios para que la
UNSJ revea los contenidos y metodologías de sus Políticas Educativas y
Culturales para Pueblos Originarios, asegurando el respeto a la autonomía de
las comunidades y organizaciones indígenas que se ven intervenidas por los
distintos programas y planes de trabajo implementados por esta casa de Altos
Estudios.
·
Expedirse en un lapso no mayor
de 6 meses dando respuesta al presente petitorio.
El
petitorio está avalado por una larga lista y cartas de apoyo de Comunidades
Indígenas y Pueblos de la Provincia, de la Región Cuyo y del país, como así
también un listado de profesionales, algunos de reconocida trayectoria
académica, y hasta algunos Museos provinciales.
A la
fecha la Universidad Nacional de San Juan no ha dado una respuesta formal
respecto a este Expediente Oficio, aunque las autoridades de sus museos
dependientes señalaron que la Provincia de San Juan no ha adherido a la Ley Nacional 25.517, en base a lo cual
solicitan que no se dé lugar a la legítima demanda del Pueblo warpe y que el caso pase a la administración
de Estado Nacional y Provincial de acuerdo a una interpretación de las leyes de
patrimonio cultural y arqueológico vigentes, leyes que un primer orden de cosas
contravienen las legislaciones, artículos constitucionales nacionales, y
tratados internacionales ratificados por la Argentina en materia de Derechos de
los Pueblos Originarios.
Actualmente,
la Comunidad Warpe del Territorio del Cuyum, con el apoyo de otras
organizaciones indígenas y profesionales del ámbito antropológico y de museos,
como la Asociación de Trabajadores de Museos, el Centro de Estudios e
Investigaciones en Antropología y Arqueología, y el Observatorio Ciudadano de
Derechos Humanos San Juan, impulsa la campaña para lograr que la provincia de
San Juan adhiera a la Ley Nacional 25.217 sobre restituciones de cuerpos
humanos a Pueblos Originarios, demandando el respeto a nuestros antepasados y
el cumplimiento de los pactos y reglamentaciones legislativas que son producto
de la lucha indígena en nuestro país.
Para más información
contactarse a la siguiente casilla de correo electrónico: